Es el caudal mínimo que debe seguir en una fuente o curso fluvial para la conservación de los ecosistemas actuales. Es establecido en un procedimiento donde participan las autoridades ambientales y la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas, mediante una evaluación ambiental e hidráulica.
El Proyecto Alto Maipo realizó un estudio de Qe incluido en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto, en el que además del servicio ecológico de los cursos se incorporó el uso por actividades recreativas y deportivas de rafting y kayak.
Los caudales ecológicos para los tramos intervenidos se encuentran en las resoluciones de la DGA quien es, además, la encargada de monitorear y fiscalizar el respeto de ellos.
(Qe) Caudal mínimo ecológico:
«Caudal mínimo que debe mantenerse en un curso fluvial, de tal manera que los efectos abióticos (disminución del perímetro mojado, profundidad, velocidad de corriente, incremento en la concentración de nutrientes y otros) producidos por la reducción de caudal, no alteren las condiciones ecológicas del cauce, que limiten o impidan el desarrollo de los componentes bióticos del sistema (flora y fauna), como tampoco alteren la dinámica y las funciones del ecosistema, permitiendo así conservar la biodiversidad”.
Fuente:
Manual de normas y procedimientos para la administración de recursos hídricos.
Anexo I Glosario, DGA, 2008